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Póliza en el seguro de transporte




¿Qué es una Póliza?

Empecemos con recordar que una póliza es un documento donde se formalizan contratos de seguros, en este caso particularmente del transporte. Éste tipo de seguro, también es bilateral y se realiza entre dos partes, el asegurador y el asegurado, por supuesto dependiendo del tipo de transporte van a variar, tanto las condiciones por las cuales se firma y los entes que regulan dichos tipos de transporte. 

 En el caso del marítimo, las pólizas deben contener los aspectos que puedan manejar situaciones que podrían presentarse en cualquier parte del mundo.

Con el terrestre ocurre lo mismo, existe el reglamente de la ley de tránsito terrestre, en la cual se determinan una serie de normas y regulaciones, comprendidas entre varios de sus artículos, en los que se especifican las condiciones que deben tener los vehículos de carga así como la mercancía. 

Tipos de Póliza

Especiales o por viajes    Cubren un trayecto determinado. 
 Pólizas abiertas  →  Cubren determinados mercancías a un único cliente, haciendo varias entregas.
Pólizas flotantes Cubren el transporte de diferentes mercancías dirigidas a varios clientes y se realizan diversos viajes empleando un tiempo determinado en ellos.
Póliza término → Cubren un capital determinado en una serie de viajes variables durante el período asegurado.

Modalidades 


Entre las modalidades de pólizas tenemos las que son particularmente para el transporte terrestre, como los son:
  1. Anteriores:  aéreas o marítimas
  2. De movimiento:  máximo de mercancía promedio de transporte.
  3. Globales:  éstas pólizas cubren todos los transportes que un asegurado efectúa con sus propios camiones durante un determinado período.



Cláusulas de las Pólizas


Existen 3 clases de cláusulas de cobertura que amparan los riesgo

1. Cláusulas insertas en las condiciones generales:  aparecen todas aquellas condiciones que regulan el contrato, las condiciones generales de pólizas, las cuales son prácticamente idénticas para todas las compañías de seguros, puesto que necesariamente deben ser aprobadas por el ente fiscalizador del estado, en  operaciones comerciales, contienen varios títulos reglamentando   las obligaciones de uno y otro y los apartes dispositivos y restrictivos del contrato del mismo. Varios de los títulos que aparecen en el condicionado general:

  1. Objeto y alcance del seguro.
  2. Riesgos especiales.
  3. Franquicias.
  4. Riesgos no cubiertos.
  5. Comienzo y fin del seguro.
  6. Valor asegurable.
  7. Obligaciones del asegurado.


2. Cláusulas insertas en las condiciones particulares.

Entran aquellas coberturas solicitadas por el asegurado y otorgadas por el asegurador en las condiciones particulares de la póliza. Estas tienen particularidad especial y es que prevalezcan sobre aquellas de las condiciones generales que las contradigan o establezcan situaciones distintas a las planteadas en ellas, por tal razón constituyen los acuerdos de las partes de obligatorio cumplimiento.


3. Cláusulas insertas en las condiciones especiales o adheridas

Son las que se refieren a la ampliación de algunas coberturas restrictivas que contiene la póliza y que por tal razón no den plena garantía de aceptación.






Las garantías

En el seguro de transporte existen dos tipos de garantías:
  • Las garantías implícitas "implied warranties"
existen sin que figuren en el condicionado de la póliza, sea por ley o por doctrina. La más importante de las garantías implícitas es la garantía de legalidad; todo contrato de seguro de transporte que ampara mercancía ilícita o cuyo comercio o transporte sea ilegal, es nulo y sin valor.

  • Las garantías expresas "express warranties"
se insertan expresamente en las condiciones de la póliza. Son condiciones que ponen al asegurador de caso en el caso para asumir determinados riesgos. Puede, por ejemplo, supeditar una cobertura a que se transporte la mercancía en sacos o barriles nuevos, no existiendo, por lo tanto, cobertura cuando se utilizaren envases de segunda mano.

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