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Cláusulas Adicionales en el seguro de transporte

Cláusula de Guerra


Las aseguradoras suelen excluir la cobertura de las pérdidas causadas por eventos como la guerra y este tipo de protección es totalmente entendible debido a qué, de no ser así, éstas compañias aseguradoras podrían ver comprometida su solvencia y su misma continuidad, con el consiguiente problema  para el propio Estado en el que operen.
Las cláusulas de este tipo son, por ejemplo, como la siguiente:

En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño o gasto causado por guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección o contienda civil que de ella se derive, así como cualquier acto hostil de o contra un poder beligerante. Se excluye igualmente la captura, embargo, arresto, restricción o detención (excepto piratería) así como el intento de cometerlo o las consecuencias de su comisión. También se excluyen los daños causados por minas, torpedos, bombas u otras armas de guerra abandonadas en el mar. 
(https://glarusiberica.wordpress.com/2016/03/28/clausula-de-exclusion-de-guerra-war-exclusion-clause/)


La cláusula de exclusión de guerra aparece de forma muy genérica en las pólizas de seguros de particulares pero en otros ramos suele tener mayor relevancia por la necesidad de acotar riesgos en esos otros negocios; por ejemplo, las pólizas de transporte, sobre todo el marítimo.


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