Cláusula de Guerra
Las aseguradoras suelen excluir la cobertura de las pérdidas causadas por eventos como la guerra y este tipo de protección es totalmente entendible debido a qué, de no ser así, éstas compañias aseguradoras podrían ver comprometida su solvencia y su misma continuidad, con el consiguiente problema para el propio Estado en el que operen.
Las cláusulas de este tipo son, por ejemplo, como la siguiente:
En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño o gasto causado por guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección o contienda civil que de ella se derive, así como cualquier acto hostil de o contra un poder beligerante. Se excluye igualmente la captura, embargo, arresto, restricción o detención (excepto piratería) así como el intento de cometerlo o las consecuencias de su comisión. También se excluyen los daños causados por minas, torpedos, bombas u otras armas de guerra abandonadas en el mar.
(https://glarusiberica.wordpress.com/2016/03/28/clausula-de-exclusion-de-guerra-war-exclusion-clause/)
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